B+Safe ha desarrollado la solución DOC® para las instalaciones de la empresa líder en el…
Cómo hacer que tu empresa sea un espacio cardioprotegido
La ventaja de que nuestra empresa sea un espacio cardioprotegido es más que evidente: podemos salvar vidas, ya que, los primeros 10 minutos después de que la víctima sufra el paro cardíaco son vitales, cada segundo cuenta y en ocasiones no hay tiempo suficiente para llevar un desfibrilador donde es necesario.
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- 4 febrero 2021
- Buenas prácticas
Redacción
Por muerte súbita se entiende el fallecimiento inesperado y repentino de una persona aparentemente sana, que 24 horas antes del evento cardíaco se encontraba bien. La principal causa es la fibrilación ventricular, una arritmia cardiaca maligna que produce la pérdida de latido efectivo y que provoca que el corazón se pare en pocos minutos. La víctima de muerte súbita pierde, en primer lugar, el pulso y segundos después el conocimiento y la capacidad de respirar. Si no recibe una atención inmediata, la consecuencia es el fallecimiento al cabo de unos minutos.
Según la Fundación Española del Corazón aunque no “existe un registro sobre el número exacto de muertes súbitas que se producen en España, si se analiza y se establece una cierta extrapolación de la información que se dispone de nuestro entorno, se calcula que cada año se producen en nuestro país, aproximadamente, 30.000 nuevos casos de muerte súbita y cerca de 15.000 intentos de reanimación por parte de los servicios de emergencia”
¿Cuál es el contexto regulatorio en relación a los edificios cardioprotegidos?
El artículo 43 de la Constitución Española reconoce el derecho a la protección de la salud de los ciudadanos y declara que compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública, a través de las medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. En 2009, el Ministerio de Sanidad y Consumo estableció por primera vez -a través del Real Decreto 365/2009 de 20 de marzo- las condiciones y requisitos mínimos de seguridad y calidad en la utilización de desfibriladores automáticos y semiautomáticos externos fuera del ámbito sanitario.
Desde la aprobación de esta norma nacional hasta la actualidad, todas las Comunidades Autónomas han ido desarrollando su propia legislación. En cuanto a la instalación de DEAs (desfibriladores externos semiautomáticos) mientras que diez comunidades autónomas -Baleares, Castilla la Mancha, Extremadura, Castilla y León, Aragón, Cantabria, La Rioja, Murcia, Ceuta y Melilla -siguen la normativa nacional, donde la instalación de estos dispositivos es solo una recomendación, siete comunidades -Andalucía, Asturias, Canarias, Cataluña, Comunidad de Madrid, País Vasco y Comunidad Valenciana-consideran obligatoria dicha instalación en espacios públicos o privados.
¿Por qué mi empresa debería ser un espacio cardioprotegido?
La ventaja de que nuestra empresa sea un espacio cardioprotegido es más que evidente: podemos salvar vidas, ya que, los primeros 10 minutos después de que la víctima sufra el paro cardíaco son vitales, cada segundo cuenta y en ocasiones no hay tiempo suficiente para llevar un desfibrilador donde es necesario.
Especialmente en empresas grandes y medianas donde asisten un gran número de trabajadores podría reducirse la cifra de muertes por muerte súbita. Cada vez más empresas preocupadas por la salud cardiovascular de sus equipos están optando por ser espacios cardioprotegidos para sus empleados en favor de una mejor salud cardiovascular, como es el caso de Telepizza, firma que con la ayuda de la empresa B+Safe decidió instalar varios equipos DOC® (Desfibrilador Operacional Conectado) en sus instalaciones de Madrid.
Desde la Fundación Española del Corazón se cree necesario “establecer incentivos empresariales de modo que se contemplen cursos de formación en SVB -soporte vital básico- dentro de los programas de Responsabilidad Social Corporativa de las empresas y se fomente la implantación de desfibriladores automáticos en las empresas”
¿Cómo puedo crear un espacio cardioprotegido en mi empresa?
Se debe asegurar la adquisición de un desfibrilador homologado con marcado CE . Un equipo capaz de analizar el ritmo cardíaco de la persona que ha sufrido un paro cardíaco repentino y efectuar una descarga eléctrica, sólo en caso de ser necesaria. El número de desfibriladores instalados debe ser tal que el tiempo de respuesta ante una emergencia sea inferior a 5 minutos. En caso de disponer de un desfibrilador Externo Semiautomático el encargado debe determinar en qué momento dar las descargas eléctricas de forma manual, siguiendo las instrucciones establecidas. En el caso de los DEA automáticos estos actúan por sí mismos haciendo casi nula la participación del asistente. Sin embargo, es necesario que la persona destinada a usarlo tenga una formación básica.
El desfibrilador debe colocarse siempre en un lugar visible de fácil acceso y bien señalizado por medio de señalética ILCOR. Asimismo la empresa debe contar con personal encargado de realizar el mantenimiento oportuno a los fungibles del equipo, los parches, las baterías y todos los elementos que sean repuestos del desfibrilador. Los responsables de la gestión o explotación de aquellas áreas cardioprotegidas donde se instale un desfibrilador para su uso fuera del ámbito sanitario serán las responsables de garantizar su mantenimiento y conservación, siguiendo las instrucciones del fabricante.
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